3º/4º ESO. TIPOLOGíA DE FAMILIAS
1º) Resume la clasificación sobre las familias. ¿A cual modelo pertenece la tuya?
MODOS DE SER FAMILIA (Personalidad de la
Flia)
Como ya hemos visto hay diversos tipos de familia y por
ello son múltiples las formas en que cada uno de sus
miembros se relacionan y viven cotidianamente. Para entender un
poco mejor los modos de ser familia a continuación veremos
algunas de sus características más
importantes.
- Familia Rígida : Dificultad en asumir los cambios de los hijos/as. Los padres brindan un trato a los niños como adultos. No admiten el crecimiento de sus hijos. Los Hijos son sometidos por la rigidez de sus padres siendo permanentemente autoritarios.
- Familia Sobreprotectora: Preocupación por sobreproteger a los hijos/as. Los padres no permiten el desarrollo y autonomía de los hijos/as. Los hijos/as no saben ganarse la vida, ni defenderse, tienen excusas para todo, se convierten en "infantiloides". Los padres retardan la madurez de sus hijos/as y al mismo tiempo, hacen que estos dependen extremadamente de sus decisiones.
- La Familia Centrada en los Hijos : Hay ocasiones en que los padres no saben enfrentar sus propios conflictos y centran su atención en los hijos; así, en vez de tratar temas de la pareja, traen siempre a la conversación temas acerca de los hijos, como si entre ellos fuera el único tema de conversación. Este tipo de padres, busca la compañía de los hijos/as y depende de estos para su satisfacción. En pocas palabras "viven para y por sus hijos".
- La familia Permisiva : En este tipo de familia, los padres son Incapaces de disciplinar a los hijos/as, y con la excusa de no ser autoritarios y de querer razonarlo todo, les permiten a los hijos hacer todo lo que quieran. En este tipo de hogares, los padres no funcionan como padres ni los hijos como hijos y con frecuencia observamos que los hijos mandan más que los padres. En caso extremo los padres no controlan a sus hijos por temor a que éstos se enojen.
- La Familia Inestable: La familia no alcanza a ser unida, los padres están confusos acerca del mundo que quieren mostrar a sus hijos por falta de metas comunes, les es difícil mantenerse unidos resultando que, por su inestabilidad, los hijos crecen inseguros, desconfiados y temerosos, con gran dificultad para dar y recibir afecto, se vuelven adultos pasivos-dependientes, incapaces de expresar sus necesidades y por lo tanto frustrados y llenos de culpa y rencor por las hostilidades que no expresan y que interiorizan.
- La familia Estable: La familia se muestra unida, los padres tienen claridad en su rol sabiendo el mundo que quieren dar y mostrar a sus hijos/as, lleno de metas y sueños. Les resulta fácil mantenerse unidos por lo tanto, los hijos/as crecen estables, seguros, confiados, les resulta fácil dar y recibir afecto y cuando adultos son activos y autónomos, capaces de expresar sus necesidades, por lo tanto, se sienten felices y con altos grados de madurez e independencia.
Leer más: http://www.monografias.com/trabajos26/tipos-familia/tipos-familia.shtml#tipos#ixzz3oiLPnGwX
Existen varias formas de organización familiar y de
parentesco, entre ellas se han distinguido cuatro tipos de
familias:
a) La familia nuclear o elemental: es la unidad
familiar básica que se compone de esposo (padre), esposa
(madre) e hijos. Estos últimos pueden ser la descendencia
biológica de la pareja o miembros adoptados por la
familia.
b) La familia extensa o consanguínea: se
compone de más de una unidad nuclear, se extiende mas
allá de dos generaciones y esta basada en los
vínculos de sangre de una gran cantidad de
personas, incluyendo a los padres, niños, abuelos,
tíos, tías, sobrinos, primos y demás; por
ejemplo, la familia de triple generación incluye a los
padres, a sus hijos casados o solteros, a los hijos
políticos y a los nietos.
- La familia monoparental: es aquella familia que se constituye por uno de los padres y sus hijos. Esta puede tener diversos orígenes. Ya sea porque los padres se han divorciado y los hijos quedan viviendo con uno de los padres, por lo general la madre; por un embarazo precoz donde se configura otro tipo de familia dentro de la mencionada, la familia de madre soltera; por último da origen a una familia monoparental el fallecimiento de uno de los cónyuges.
- La familia de madre soltera: Familia en la que la madre desde un inicio asume sola la crianza de sus hijos/as. Generalmente, es la mujer quien la mayoría de las veces asume este rol, pues el hombre se distancia y no reconoce su paternidad por diversos motivos. En este tipo de familia se debe tener presente que hay distinciones pues no es lo mismo ser madre soltera adolescente, joven o adulta.
- La familia de padres separados: Familia en la que los padres se encuentran separados. Se niegan a vivir juntos; no son pareja pero deben seguir cumpliendo su rol de padres ante los hijos por muy distantes que estos se encuentren. Por el bien de los hijos/as se niegan a la relación de pareja pero no a la paternidad y maternidad.
Leer más: http://www.monografias.com/trabajos26/tipos-familia/tipos-familia.shtml#tipos#ixzz3oiMPccCB
PROBLEMAS DELA FAMILIA SOBREPROTECTORA EN LA ACTUALIDAD
Decálogo de Emilio Calatayud para hacer de tu hijo un delincuente
2º) Resume el decálogo del juez. ¿Cuáles de estas características se dan en tu educación y en tu relación con los padres?
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El conocido juez de menores visitó Málaga por motivo del 50 aniversario del colegio El Limonar y dejó una irónica guía para malcriar a los jóvenes.
No se puede ser colega de los hijos. Se tiene que ser padre". El conocido juez de menores de Granada, Emilio Calatayud, visitó ayer Málaga con motivo del 50 aniversario del colegio El Limonar. Entre todos sus apuntes, hubo uno que llamó mucho la atención a los presentes, que fue el del decálogo que leyó para "Hacer de tu hijo un delincuente". Con mucha ironía, el juez expresa lo que hay que hacer para que las cosas salgan mal a la hora de educar a los jóvenes.
1. Dadle todo cuanto desee, así crecerá convencido de que el mundo entero le debe todo.2. Reídle todas sus groserías, tonterías y salidas de tono: así crecerá convencido de que es muy gracioso y no entenderá cuando en el colegio le llamen la atención por los mismos hechos.3. No le déis ninguna formación espiritual: ¡ya la escogerá él cuando sea mayor!4. Nunca le digáis que lo que hace está mal: podría adquirir complejos de culpabilidad y vivir frustrado. Primero creerá que le tienen manía y más tarde se convencerá de que la culpa es de la sociedad.5. Recoged todo lo que vaya dejando tirado: así crecerá pensando que todo el mundo está a su servicio; su madre la primera.6. Dejadle ver y leer todo: limpiad con detergente, que desinfecta, la vajilla en la que come, pero dejad que su espíritu se recree con cualquier porquería. Pronto dejará de tener criterio recto.
7. Padre y madre, discutid delante de él, así se irá acostumbrando. Ycuando la familia esté ya destrozada lo encontrará de lo más normal, no se dará ni cuenta.8. Dadle todo el dinero que quiera: así crecerá pensando que para disponer de dinero no hace falta trabajar, basta con pedir.9. Que todos sus deseos estén satisfechos al instante: comer, beber, divertirse,…¡De otro modo podría acabar siendo un frustrado!10. Dadle siempre la razón: son los profesores, la gente, las leyes… Quienes la tienen tomada con él."Y cuando su hijo sea ya un delincuente, proclamad que nunca pudisteis hacer nada por él".Por otro lado, también dio su opinión sobre la situación en los colegios. Cree que se debe volver a respetar más al maestro - a él le sigue gustando llamarlos así - , o que la expulsión es un recurso que debería suprimirse y ser cambiada por otras vías. También se mojó con los móviles, a los que califica de "droga" para la juventud, y que no deberían caer en sus manos hasta los 14 años.
http://www.diariosur.es/sociedad/padres/201505/20/decalogo-emilio-calatayud-para-20150519232745.html - 3º) ¿Qué cambios se ha dado en la familia tradicional española?
CAMBIOS EN LA FAMILIA
El concepto legal de familia se basa en un patrón cultural, constitucional, abierto y plural adaptable a las necesidades sociales de cada momento. Está formada por el conjunto de las relaciones derivadas del parentesco así como las provenientes de las formas de constitución y organización del grupo familiar a las que la ley reconoce ciertos efectos, deberes, derechos y obligaciones.
Se diferencian varios tipos de familia: la tradicional es la troncal basada en funciones reproductivas, protectoras y educativas, donde la mujer se asocia a la casa y la familia y el hombre a la protección de los hijos y de la esposa; la nuclear extendida, formada por padre, madre e hijos, se basa en un sistema conyugal, parental, filial fraternal, abuelos; la familia monoparental, formada solamente por padre o madre; también la familia rota, incompleta o disfuncional: viuda, soltero, divorciado. Las uniones de hecho son parejas que viven en común unidas por vínculos afectivos o sexuales incluyendo la posibilidad de tener hijos pero sin matrimonio, caracterizándose por una convivencia emocional con acuerdos económicos. Las parejas homosexuales se definen como aquellas en las que existe libertad para elegir la opción de vida a nivel emocional y sexual. Por último, las familias reconstituidas en la que uno de los cónyuges proviene de una familia anterior y uno de los dos tiene tutela de los hijos o que ambos tengan hijos comunes.
El concepto de familia ha evolucionado, se ha producido una clara pérdida de las funciones tradicionales, se da una contracción en torno al núcleo familiar estricto y cambios de mentalidad y control de la natalidad. Estas circunstancias conllevan que las tendencias actuales en el concepto de familia se caractericen por una mayor autonomía de la voluntad en los pactos que afectan a los miembros, en el establecimiento de los vínculos emocionales y en la forma de resolución de los conflictos con la mediación, acuerdos, arbitraje. En segundo lugar, con la mayor relevancia del elemento afectivo como constitutivo de la familia: desconexión entre el matrimonio y la procreación, se admite matrimonio homosexual y la capacidad matrimonial transexual.
Es esencial la incidencia de los avances médicos y tecnológicos con la redefinición de la verdad biológica en la relación de filiación y en la reproducción humana; y la extensión del principio de igualdad entre los miembros de la pareja, se establece la igualdad de los hijos, existe solidaridad entre los miembros y en las relaciones familiares y aumenta la diversidad y tolerancia.
Leer más: http://www.lavanguardia.com/opinion/temas-de-debate/20131103/54392996122/nuevos-modelos-de-familia.html#ixzz3oiOZBf4m
Síguenos en: https://twitter.com/@LaVanguardia | http://facebook.com/LaVanguardia4º) Resume la ley que apoya el matrimonio de las familias homosexuales en España. Compara la actitud y la legislación de otros paises sobre la libertad y el respeto a la orientación sexual, interpretando el mapa. ¿Crees que hoy día existe todavía una actitud homófoba en la sociedad?
Matrimonio entre personas del mismo sexo en España
El proyecto de ley sobre el matrimonio homosexual fue aprobado por el Consejo de Ministros el 1 de octubre de 2004. Fue enviado a las Cortes Generales el 31 de diciembre,15 y aprobado por el Congreso el 21 de abril de 2005.16 Sin embargo el 22 de junio, el texto fue rechazado por el Senado, en el que el principal partido de la oposición (Partido Popular) poseía la mayoría de los escaños.17 El texto retornó al Congreso, que levantó el veto del Senado y aprobó el texto finalmente el 30 de junio de 2005, con 187 votos a favor, 147 en contra y cuatro abstenciones. Con la aprobación definitiva de la ley el 2 de julio de 2005, España se convirtió en el tercer país del mundo en legalizar el matrimonio homosexual después de los Países Bajos y Bélgica;18 Canadá lo haría pocos días después.
Situación legal de las parejas compuestas por personas del mismo sexo en Europa.
Matrimonio Uniones civiles Registro cohabitacional. Reconocimiento de matrimonios homosexuales realizados en otros países/o estados al interior del país
Sin uniones civiles Matrimonio prohibido constitucionalmente
Restricciones a la libertad de expresión y asociación Penalidad de jure, pero no aplicada de facto. Pena de cárcel Cadena perpetua Pena de muerte FAMILIAS DEL FUTURO 5º) Resume el texto y explica el gráfico. ¿Qué implicaciones políticas y jurídicas podría implicar que parejas del mismo sexo tuvieran descendencia? Busca información sobre la acitud del Vaticano frente a los avances en ingeniería genética. ¿Sería ético? ¿Estarías de acuerdo?Alternativa a la clonación
Karim Nayernia asegura que irá lejos en el tema de la clonación.
El científico todavía no ha tenido éxito a la hora de conseguir que células madre femeninas hagan lo mismo (convertirse en espermatozoides), pero es optimista. “Creo que, en principio, sería científicamente posible”, dice Nayernia. Según Carlos Simón, catedrático de la Universidad de Valencia y director del Banco de Líneas Celulares del Centro de Investigación valenciano Príncipe Felipe: “Estos experimentos suponen un potencial para la investigación en células ma­dre, y la base científica para entender la infertilidad y la creación de gametos. Siendo cuidadosos, es válido que exploremos esta vía como alternativa a la clonación, que a nadie le gusta. Debemos dar un paso más para conocer la variante epigenética que modula el ADN en esa producción de gametos. Será nuestro próximo reto”. Si la técnica se depurara, no sería descabellado que en un futuro próximo una pareja de lesbianas pudiera tener hijos biológicos con los óvulos de una de ellas y el esperma (fabricado) de la otra. Sería una descendencia exclusivamente femenina, ya que el cromosoma Y, responsable del feto masculino, solo puede proceder de esperma de varón.
Ya se ha patentado
Una forma de evitar esta dificultad sería añadir “cromosomas artificiales” que contuvieran genes del cromosoma Y, según sugiere Greg Aharonian, un popular analista de patentes de San Francisco. Sí, analista de patentes. Aharonian ha decidido patentar las tecnologías que permitirían llevar a cabo un embrión fruto de dos lesbianas o dos gays incluso antes de que se haya descubierto la manera, y no oculta que su objetivo es propiciar un debate: “Los homosexuales tienen derecho a conocer los adelantos en biología que podrían permitir tener padres del mismo sexo”, declara, y admite: “No me importan las susceptibilidades que se hieran con esta posibilidad, ni me molesta la polémica. Soy un follonero.”
Bebés con garantía
No obstante: “La descendencia resultante de la unión de estos espermatozoides (femeninos) con un óvulo de otra mujer no tendría por qué tener resultados biológicos negativos”, advierte Alfredo Martínez, investigador del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC). “Aunque, si se fecundara un óvulo de la misma donante de la médula ósea, sí podrían manifestar enfermedades genéticas recesivas, al igual que sucede cuando los padres comparten lazos familiares muy cercanos”. Por su parte, María Dolores Vila-Coro, directora de la Cátedra de Bioética y Biojurídica de la UNESCO, tiene reservas de carácter ético: “El derecho a la identidad es el derecho a ser el fruto de su propio destino sin que se haya quebrado su trayectoria vital. A un ser humano generado únicamente por células de una mujer se le está privando de su dotación masculina, se le está discriminando”. También podría ocurrir con el sexo opuesto, ya que: “Las mismas técnicas de reprogramación celular podrían conseguir un óvulo obtenido a partir de células masculinas”, indica Carlos Simón. Lo cierto, según consideran los expertos, es que no está lejano el día en que se pueda conseguir un embrión humano perfectamente sano a partir de células somáticas. “Tal es el caso de la llamada clonación reproductiva”, explica Vila-Coro. “Sin embargo, muchos países –entre ellos, España– han considerado que estas técnicas son altamente peligrosas, por la manipulación de la especie humana que suponen, y las han declarado rechazables”. A pesar de ser escrupulosos en estos aspectos, en España la reproducción asistida ofrece un gran desarrollo en algunas de sus técnicas. Nuestro país destaca en el impulso y perfeccionamiento del diagnóstico preimplantacional. Con él se averiguan las posibles enfermedades genéticas de un embrión fecundado in vitro, antes de ser implantado en el vientre de su futura madre. Gracias a la selección embrionaria, el equipo de la clínica FIV Recoletos de Ciudad Real ha hecho posible, entre otros muchos logros, el nacimiento de gemelos sanos de un padre afectado por una enfermedad degenerativa asociada al cromosoma X.
El IVI (Instituto Valenciano de Infertilidad) ofrece uno de los mayores catálogos de prestaciones en diagnóstico preimplantacional de Europa para detectar las anomalías embrionarias en el laboratorio, cuya frecuencia ronda el 60% de los casos. Pero de entre todos, el caso más llamativo llega de fuera de nuestras fronteras, y riza el rizo de lo posible: necesitaron tres padres para un embrión sano.
El tripartito
También en la Universidad británica de Newcastle, un grupo de científicos ha conseguido crear un embrión con el material genético de dos mujeres y un hombre. En puridad, si ese niño hubiera llegado a nacer, habría tenido tres padres biológicos diferentes. Estos embriones se crearon por fertilización in vitro. Utilizaron ADN de un hombre y de dos mujeres. La razón para hacerlo así era que una de las mujeres tenía problemas en su ADN mitocondrial y querían conseguir que pudiera ser madre sin transmitir a su descendencia las enfermedades derivadas de dichos fallos mitocondriales.
El feto heredó ADN nuclear, o genes, de ambos padres, pero el ADN mitocondrial lo recibió de la tercera persona, sana. Hasta el momento, no deja de ser un experimento de laboratorio, y los embriones obtenidos se destruyeron una semana más tarde. El proceso, por muy enrevesado que nos parezca, y tal y como apunta Patrick Chinnery, uno de los autores del trabajo: “Aporta a muchas familias un poco de esperanza”. Se calcula que uno de cada 5.000 niños padece trastornos mitocondriales, que afectan sobre todo al hígado, al corazón y al cerebro.
Para los científicos, esta técnica supone un hito en el tratamiento y prevención de las 50 enfermedades conocidas que puede transmitir una madre con esta tara genética; entre ellas, distrofia muscular, accidentes cerebrovasculares, sordera y algunas formas de epilepsia. Ahora, uno de los próximos desafíos será evitar la destrucción de embriones. Para Carlos Simón fue decisiva la investigación de tres equipos de Harvard, Cambridge y Japón, que hallaron el modo de producir el equivalente a células madre embrionarias en ratones. El Centro de Investigación Príncipe Felipe de Valencia intenta reproducir el protocolo en la especie humana. Y todo esto, sin perder de vista opiniones como la de Alfredo Martínez: “Un principio básico de bioética es que los fines no justifican los medios. De forma que, en cada caso, habrá que estudiar hasta qué punto la manipulación de los embriones humanos, que son personas desde el momento de la fecundación, se puede justificar o no”.
http://www.quo.es/ser-humano/sera-posible/alternativa-a-la-clonacion
6º) Analiza la situación de España sobre la maternidad subrrogada, o hablando más comúnmente "vientre de alquiler". ¿Deberían aceptar esta opción los políticos actuales para ayudar a las parejas con problemas para tener descendencia? ¿Quiénes serían los padres legales? Si tuvieras necesidad, ¿recurrirías a esta técnica para tener hijos naturales?Leyes de Maternidad Subrogada en la India:
La protección de los padres, niños y la madre de alquiler
La India es la capital mundial de los vientres de alquiler, ya que es más simple y rentable que en cualquier otro país. La subrogación en la India es legal y está regulada para proteger los derechos del bebé, de la madre de alquiler, y de los padres genéticos.
Los datos de la Confederación de la Industria India (CII) indican que el comercio de vientres de alquiler creció alrededor de 2,3 millones de dólares al año en 2012. Parejas infértiles de todo el mundo acuden en masa a la India ya que los costes de alquiler de vientres pueden ser hasta cinco veces menores que en países como EE.UU.. El proceso es asímismo más fácil en la India ya que la regulación reconoce los derechos tanto de la madre sustituta como de los futuros padres.En 2008, se dio un caso ahora famoso que implicó el bebé Manji, un niño nacido de una madre de alquiler india para una pareja japonesa residentes en California. El pequeño Manji se convirtió en el foco de una crisis legal y diplomática poco después de su nacimiento. (Los padres genéticos del bebé se habían divorciado meses antes de su nacimiento, y la madre genética no quería el niño mientras que el padre y la abuela reclamaban su custodia) Como resultado de este caso, el Tribunal Supremo de la India falló que la subrogación comercial es legal en India, pero también puso encima de la mesa la necesidad de desarrollar una regulación integral al respecto.La decisión de la Corte Suprema de permitir la subrogación comercial en la India dio como resultado un aumento significativo de la confianza internacional en los vientres de alquiler en la India. Sin embargo, en 2008 todavía había informes de madres sustitutas siendo explotadas por padres debido a la falta de mecanismos de regulación y leyes apropiadas a la problemática de subrogación en la India.Hoy en día la subrogación comercial sigue estando no regulada, no hay legislación oficial que controle los vientres de alquiler. En ausencia de una regulación gubernamental, el Consejo Indio de Investigación Médica (ICMR en sus siglas en inglés) ha establecido una serie de “directrices nacionales” para regular la subrogación. En pocas palabras, estas directrices ayudan a regular los procedimientos de tecnología reproductiva asistida.En contraste, la oficina de inmigración India tambien ha publicado recientemente nuevas directrices que regulan adicionalmente la práctica de alquiler de vientres en la India, y quién es elegible para entrar al país para este fin. Los nuevos diectirces ayudan a regular los procedimientos de tecnología reproductiva asistida.En pocas palabras, las directrices hacen más difícil a las parejas Españolas, parejas del mismo sexo de cualquier país y los solteros practicar la vientre de alquiler en India. Estas directrices incluyen los siguientes:- El acuerdo de subrogación continuará siendo regulado por un contrato entre las partes, que tiene que incluir todos los términos que requieren el consentimiento de la madre de alquiler para tener al niño, el consentimiento de su marido y otros miembros de la familia, los procedimientos médicos de inseminación artificial, el reembolso de todos los gastos razonables para llevar el embarazo a término, la voluntad de entregar el nacido a los designados padre(s) etc.
- Un acuerdo de subrogación debe prever apoyo financiero para el niño en caso de muerte de los futuros padre(s) antes de la entrega del niño, o en caso de divorcio entre los futuros padres y posterior negativa de ambos a aceptar la entrega del niño.
- El acuerdo debe asimismo necesariamente contemplar un seguro de vida para la madre de alquiler.
- Uno de los futuros padres debería ser también donante, porque el vínculo de amor y afecto con el niño emana primariamente de la relación biológica. Además, las probabilidades de varios tipos de abuso infantil que se han dado en casos de adopciones, se vería reducido.
- En caso de que el futuro padre sea soltero(a), él o ella debe ser el donante para poder tener un hijo por subrogación. De lo contrario, debe recurrir a la adopción para tener un hijo, en el cual los padres biológicos (naturales) y los adoptivos son diferentes.
- La propia legislación debe reconocer a un niño nacido por subrogación como legítimo de los futuros padres(s), sin necesidad de aprobación o declaración de tutela.
- El certificado de nacimiento del niño debe contener únicamente el nombre(s) de los futuros padre(s).
- Se debe proteger el derecho a la privacidad de los donantes, así como el de la madre de alquiler.
- Se debe prohibir la subrogación de selección de sexo.
- Los casos de abortos se deben regir solamente por la Ley de Terminación Médica de Embarazo de 1971.
Las leyes de alquiler de vientre en España.
Pese a lo dispuesto en la Ley Española de Reproducción Humana asistida de 2006 al respecto de la gestación subrogada, la evolución político social de España en los últimos años ha propiciado la publicación y modificación de normas, regulando y facilitando el acceso al Registro civil español de los hijos de españoles nacidos mediante esta técnica reproductiva, cuando concurren determinadas condiciones en el proceso. Esto ha supuesto un avance importantísimo, y la normalización de la gestación subrogada o gestación por sustitución como opción para formar familia.En los casos de nacimientos de hijos de españoles en Asia, normalmente los niños salen del país inscritos como hijos de españoles en el Registro Civil consular competente, regularizándose posteriormente la filiación a través de las acciones y procesos judiciales previstos, en el juzgado que por domicilio corresponda en España. El interés superior del menor, contemplado por nuestra legislación y todas las convenciones internacionales de las que España es parte, se convierte en motor y principio básico de estos procesos, y en la luz para la interpretación del resto de la normativa aplicable en todos los aspectos de esta especial forma de ser padre o madre.Dicho esto, el proceso de registro del niño en el consulado, y el establecimiento de su ciudadanía puede ser complicado. Aunque los tribunales han dispuesto ya un camino, muchas veces, ese camino puede ser largo y complicado. Las parejas que consideran la maternidad subrogada en Asia deben consultar siempre con un abogado con experiencia que haya llevado estos casos con anterioridad. A menudo es conveniente ponerse en contacto con el consulado de Tailandia y pedir sus recomendaciones y requerimientos.Una vez haya regresado a casa, los padres pueden establecer el derecho parental del padre no genético (usualmente el cónyuge del donante de esperma). Este proceso requiere que la madre legal – la madre subrogada – renuncie a sus derechos como madre y otorgue la custodia al padre. Debido a que la subrogación no es legal en España, los tribunales españoles no reconocen inmediatamente la relación de subrogación entre los padres y la madre subrogada. Como tal, los nuevos padres deben presentar pruebas de que la gestante ha renunciado voluntariamente al niño, que era competente para tomar esta decisión, y que el niño fue concebido mediante este acuerdo. Incluso con estas pruebas, algunos jueces conservadores pueden rechazar la relación de subrogación, ya que no todos los casos judiciales en esta materia se han decidido de manera uniforme.
SEPARACIÓN Y SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL
7º) Resume el texto. ¿Qué efecto puede tener sobre los hijos la separación? Describe tu experiencia o de amigos y conocidos sobre el problema de la separación.
El Síndrome de Alienación Parental se basa en una campaña de desacreditación respecto al progenitor alienado. En ocasiones, el alienador es consciente de los actos que realiza, pero a menudo, éste no es plenamente consciente de que está produciendo un daño psicológico y emocional en sus hijos, ni de las consecuencias que puede tener a corto y largo plazo en ellos.Según algunos expertos, estos niños pueden padecer perturbaciones y disfunciones, debido a que sus propios procesos de razonamiento han sido interrumpidos o coaccionados.Daños que provoca en los niños el Síndrome de Alienación Parental
Estas son algunas de las consecuencias de manipular a los niños mediante el Síndrome de Alienación Parental:- Trastornos de ansiedad: respiración acelerada, enrojecimiento de la piel, sudoración, elevación del tono de voz, temblores y desbordamiento emocional son algunos de los síntomas del estrés que, algunos niños, manifiestan en el momento de las visitas con el progenitor rechazado. -Trastornos en el sueño y en la alimentación: pesadillas, problemas para conciliar o mantener el sueño y trastornos alimenticios derivados de la situación que viven y no saben afrontar son otros de los efectos que este síndrome puede causar en los niños.Qué trastornos en la conducta del niño causa el Síndrome de Alienación Parental
- Conducta agresiva, cuando las visitas se hacen imposibles, las conductas agresivas pueden ser verbales como insultos, o incluso físicas, teniendo que frenar la situación.- Conducta de evitación, que puede plasmarse en somatizaciones de tipo ansioso que le indisponen y que tienen como consecuencia no realizar la visita.- Dependencia emocional, cuando sienten miedo a ser abandonados por el progenitor con el que conviven, ya que saben, y así lo sienten, que su cariño está condicionado. Tienen que odiar a uno para ser querido y aceptado por el otro.- Dificultades en la expresión y comprensión de las emociones. Suelen expresar sus emocionescentrándose excesivamente en aspectos negativos. Carecen de capacidad empática y mantienen una actitud rígida ante los distintos puntos de vista que ofrezca el progenitor rechazado.Niveles de intensidad en el rechazo por parte de los niños
Tras el proceso de separación puede aparecer un rechazo de los hijos en común hacia uno de los progenitores. El rechazo primario se produciría como reacción inmediata a la ruptura de la pareja y el secundario aparece en separaciones más lentamente gestadas. La existencia del rechazo a uno de los progenitores va a suponer la aparición de conflictos en el desarrollo del régimen de visitas. Ante esta situación, uno de los dos progenitores, normalmente el rechazado, pone en conocimiento del órgano judicial la situación, lo que producirá un aumento del rechazo.Cuando el SAP entra en contacto con el sistema legal se convierte en un Síndrome Jurídico Familiar, donde se desencadenan acusaciones, búsquedas de explicaciones y acciones, que hacen que la instancia judicial se convierta en escenario del problema. El rechazo puede aparecer inmediatamente después de la ruptura o en periodos posteriores, es decir, años después, generalmente asociado a momentos concretos del nuevo ciclo evolutivo familiar. El rechazo puede ser leve, moderado e intenso:- El rechazo leve se caracteriza por el desagrado en la relación con el padre o la madre. No hay evitación y la relación no se interrumpe. .- El rechazo moderado se mide por el deseo de no ver al padre o la madre. El niño niega todo afecto hacia él y evita su presencia. El rechazo se generaliza a su entorno familiar y social. La relación se mantiene por obligación o se interrumpe.- El rechazo intenso adquiere características fóbicas con fuertes mecanismos de evitación. Puede aparecer sintomatología psicosomática asociada.Consejos de los expertos ante el SAP
Ante la presencia de esta sintomatología, los expertos creen que es aconsejable que los menores continúen teniendo relación con el progenitor alienado, y así evitar que se suspenda el régimen de visitas. Durante estas visitas, el progenitor alienado debe evitar hacer reproches o dar respuestas que favorezcan el mantenimiento del SAP. Por el contrario, debe centrar las visitas en crear un ambiente lúdico, buscando actividades que sean del agrado de los niños.
ww.guiainfantil.com/1503/sindrome-de-alienacion-parental-en-los-ninos-consecuencias.html
8º) Resume el texto. ¿Por qué hay una asimetría en la aplicación de la ley de la violencia de género? ¿Estás de acuerdo? Busca información sobre la violencia de género en hombres y mujeres
ASIMETRÍA EN LA APLICACIÓN DE LA LEY SOBRE LA VIOLENCIA DE GÉNERO
enviado por deckard36
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