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Un saludo cordial desde Marbella
viernes, 16 de octubre de 2015
3º/4º ESO. TIPOLOGíA DE FAMILIAS
1º) Resume la clasificación sobre las familias. ¿A cual modelo pertenece la tuya?
Como ya hemos visto hay diversos tipos de familia y por
ello son múltiples las formas en que cada uno de sus
miembros se relacionan y viven cotidianamente. Para entender un
poco mejor los modos de ser familia a continuación veremos
algunas de sus características más
importantes.
Familia Rígida : Dificultad
en asumir los cambios de los hijos/as. Los padres brindan un
trato a los niños como adultos. No admiten el crecimiento
de sus hijos. Los Hijos son sometidos por la rigidez de sus
padres siendo permanentemente autoritarios.
Familia Sobreprotectora:
Preocupación por sobreproteger a los hijos/as. Los
padres no permiten el desarrollo y autonomía de los
hijos/as. Los hijos/as no saben ganarse la vida, ni
defenderse, tienen excusas para todo, se convierten en
"infantiloides". Los padres retardan la madurez de sus
hijos/as y al mismo tiempo, hacen que estos dependen
extremadamente de sus decisiones.
La Familia Centrada en los Hijos
: Hay ocasiones en que los padres no saben enfrentar
sus propios conflictos y centran su
atención en los
hijos; así, en vez de tratar temas de la pareja, traen
siempre a la conversación temas acerca de los hijos,
como si entre ellos fuera el único tema de
conversación. Este tipo de padres, busca la
compañía de los hijos/as y depende de estos para su
satisfacción. En pocas palabras "viven para y por sus
hijos".
La familia Permisiva : En este tipo
de familia, los padres son Incapaces de disciplinar a los
hijos/as, y con la excusa de no ser autoritarios y de querer
razonarlo todo, les permiten a los hijos hacer todo lo que
quieran. En este tipo de hogares, los padres no funcionan
como padres ni los hijos como hijos y con frecuencia
observamos que los hijos mandan más que los padres. En
caso extremo los padres no controlan a sus hijos por temor a
que éstos se enojen.
La Familia Inestable: La familia no
alcanza a ser unida, los padres están confusos acerca
del mundo que quieren mostrar a sus hijos por falta de
metas comunes, les es difícil mantenerse unidos
resultando que, por su inestabilidad, los hijos crecen
inseguros, desconfiados y temerosos, con gran dificultad
para dar y recibir afecto, se vuelven adultos
pasivos-dependientes, incapaces de expresar sus necesidades
y por lo tanto frustrados y llenos de culpa y rencor por
las hostilidades que no expresan y que
interiorizan.
La familia Estable: La familia se
muestra unida, los
padres tienen claridad en su rol sabiendo el mundo que
quieren dar y mostrar a sus hijos/as, lleno de metas y
sueños. Les resulta fácil mantenerse unidos por
lo tanto, los hijos/as crecen estables, seguros, confiados,
les resulta fácil dar y recibir afecto y cuando
adultos son activos y
autónomos, capaces de expresar sus necesidades, por lo
tanto, se sienten felices y con altos grados de madurez e
independencia.
Existen varias formas de organización familiar y de
parentesco, entre ellas se han distinguido cuatro tipos de
familias:
a) La familia nuclear o elemental: es la unidad
familiar básica que se compone de esposo (padre), esposa
(madre) e hijos. Estos últimos pueden ser la descendencia
biológica de la pareja o miembros adoptados por la
familia.
b) La familia extensa o consanguínea: se
compone de más de una unidad nuclear, se extiende mas
allá de dos generaciones y esta basada en los
vínculos de sangre de una gran cantidad de
personas, incluyendo a los padres, niños, abuelos,
tíos, tías, sobrinos, primos y demás; por
ejemplo, la familia de triple generación incluye a los
padres, a sus hijos casados o solteros, a los hijos
políticos y a los nietos.
La familia monoparental: es aquella familia
que se constituye por uno de los padres y sus hijos. Esta puede
tener diversos orígenes. Ya sea porque los padres se han
divorciado y los hijos quedan viviendo con uno de los padres,
por lo general la madre; por un embarazo precoz donde se
configura otro tipo de familia dentro de la mencionada, la
familia de madre soltera; por último da origen a una
familia monoparental el fallecimiento de uno de los
cónyuges.
La familia de madre soltera: Familia en la que
la madre desde un inicio asume sola la crianza de sus hijos/as.
Generalmente, es la mujer quien la
mayoría de las veces asume este rol, pues el hombre se distancia y no
reconoce su paternidad por diversos motivos. En este tipo de
familia se debe tener presente que hay distinciones pues no es
lo mismo ser madre soltera adolescente, joven o
adulta.
La familia de padres separados: Familia en la
que los padres se encuentran separados. Se niegan a vivir
juntos; no son pareja pero deben seguir cumpliendo su rol de
padres ante los hijos por muy distantes que estos se
encuentren. Por el bien de los hijos/as se niegan a la
relación de pareja pero no a la paternidad y
maternidad.
PROBLEMAS DELA FAMILIA SOBREPROTECTORA EN LA ACTUALIDAD
Decálogo de Emilio Calatayud para hacer de tu hijo un delincuente
2º) Resume el decálogo del juez. ¿Cuáles de estas características se dan en tu educación y en tu relación con los padres?
El conocido juez de menores visitó Málaga por motivo del 50
aniversario del colegio El Limonar y dejó una irónica guía para malcriar
a los jóvenes.
No se puede ser colega de los hijos. Se tiene que ser padre". El
conocido juez de menores de Granada, Emilio Calatayud, visitó ayer
Málaga con motivo del 50 aniversario del colegio El Limonar. Entre todos
sus apuntes, hubo uno que llamó mucho la atención a los presentes, que
fue el del decálogo que leyó para "Hacer de tu hijo un delincuente". Con
mucha ironía, el juez expresa lo que hay que hacer para que las cosas
salgan mal a la hora de educar a los jóvenes.
1. Dadle todo cuanto desee, así crecerá convencido de que el mundo entero le debe todo.
2.
Reídle todas sus groserías, tonterías y salidas de tono: así crecerá
convencido de que es muy gracioso y no entenderá cuando en el colegio le
llamen la atención por los mismos hechos.
3. No le déis ninguna formación espiritual: ¡ya la escogerá él cuando sea mayor!
4.
Nunca le digáis que lo que hace está mal: podría adquirir complejos de
culpabilidad y vivir frustrado. Primero creerá que le tienen manía y más
tarde se convencerá de que la culpa es de la sociedad.
5. Recoged todo lo que vaya dejando tirado: así crecerá pensando que todo el mundo está a su servicio; su madre la primera.
6.
Dejadle ver y leer todo: limpiad con detergente, que desinfecta, la
vajilla en la que come, pero dejad que su espíritu se recree con
cualquier porquería. Pronto dejará de tener criterio recto.
7. Padre y madre, discutid delante de él, así se irá acostumbrando.
Ycuando la familia esté ya destrozada lo encontrará de lo más normal, no
se dará ni cuenta.
8. Dadle todo el dinero que quiera: así crecerá pensando que para disponer de dinero no hace falta trabajar, basta con pedir.
9.
Que todos sus deseos estén satisfechos al instante: comer, beber,
divertirse,…¡De otro modo podría acabar siendo un frustrado!
10. Dadle siempre la razón: son los profesores, la gente, las leyes… Quienes la tienen tomada con él.
"Y cuando su hijo sea ya un delincuente, proclamad que nunca pudisteis hacer nada por él".
Por otro lado, también dio su opinión sobre la situación en los
colegios. Cree que se debe volver a respetar más al maestro - a él le
sigue gustando llamarlos así - , o que la expulsión es un recurso que
debería suprimirse y ser cambiada por otras vías. También se mojó con
los móviles, a los que califica de "droga" para la juventud, y que no
deberían caer en sus manos hasta los 14 años.
3º) ¿Qué cambios se ha dado en la familia tradicional española?
CAMBIOS EN LA FAMILIA
El concepto legal de familia se basa en
un patrón cultural, constitucional, abierto y plural adaptable a las
necesidades sociales de cada momento. Está formada por el conjunto de
las relaciones derivadas del parentesco así como las provenientes de las
formas de constitución y organización del grupo familiar a las que la
ley reconoce ciertos efectos, deberes, derechos y obligaciones.
Se
diferencian varios tipos de familia: la tradicional es la troncal
basada en funciones reproductivas, protectoras y educativas, donde la
mujer se asocia a la casa y la familia y el hombre a la protección de
los hijos y de la esposa; la nuclear extendida, formada por padre, madre
e hijos, se basa en un sistema conyugal, parental, filial fraternal,
abuelos; la familia monoparental, formada solamente por padre o madre;
también la familia rota, incompleta o disfuncional: viuda, soltero,
divorciado. Las uniones de hecho son parejas que viven en común unidas
por vínculos afectivos o sexuales incluyendo la posibilidad de tener
hijos pero sin matrimonio, caracterizándose por una convivencia
emocional con acuerdos económicos. Las parejas homosexuales se definen
como aquellas en las que existe libertad para elegir la opción de vida a
nivel emocional y sexual. Por último, las familias reconstituidas en la
que uno de los cónyuges proviene de una familia anterior y uno de los
dos tiene tutela de los hijos o que ambos tengan hijos comunes.
El
concepto de familia ha evolucionado, se ha producido una clara pérdida
de las funciones tradicionales, se da una contracción en torno al núcleo
familiar estricto y cambios de mentalidad y control de la natalidad.
Estas circunstancias conllevan que las tendencias actuales en el
concepto de familia se caractericen por una mayor autonomía de la
voluntad en los pactos que afectan a los miembros, en el establecimiento
de los vínculos emocionales y en la forma de resolución de los
conflictos con la mediación, acuerdos, arbitraje. En segundo lugar, con
la mayor relevancia del elemento afectivo como constitutivo de la
familia: desconexión entre el matrimonio y la procreación, se admite
matrimonio homosexual y la capacidad matrimonial transexual.
Es
esencial la incidencia de los avances médicos y tecnológicos con la
redefinición de la verdad biológica en la relación de filiación y en la
reproducción humana; y la extensión del principio de igualdad entre los
miembros de la pareja, se establece la igualdad de los hijos, existe
solidaridad entre los miembros y en las relaciones familiares y aumenta
la diversidad y tolerancia.
4º) Resume la ley que apoya el matrimonio de las familias homosexuales en España. Compara la actitud y la legislación de otros paises sobre la libertad y el respeto a la orientación sexual, interpretando el mapa. ¿Crees que hoy día existe todavía una actitud homófoba en la sociedad?
Matrimonio entre personas del mismo sexo en España
El proyecto de ley sobre el matrimonio homosexual fue aprobado por el Consejo de Ministros el 1 de octubre de 2004. Fue enviado a las Cortes Generales el 31 de diciembre,15 y aprobado por el Congreso el 21 de abril de 2005.16 Sin embargo el 22 de junio, el texto fue rechazado por el Senado, en el que el principal partido de la oposición (Partido Popular) poseía la mayoría de los escaños.17 El texto retornó al Congreso, que levantó el veto del Senado y aprobó el texto finalmente el 30 de junio de 2005, con 187 votos a favor, 147 en contra y cuatro abstenciones. Con la aprobación definitiva de la ley el 2 de julio de 2005, España se convirtió en el tercer país del mundo en legalizar el matrimonio homosexual después de los Países Bajos y Bélgica;18Canadá lo haría pocos días después.
Situación legal de las parejas compuestas por personas del mismo sexo en Europa.
Matrimonio Uniones civiles Registro cohabitacional. Reconocimiento de matrimonios homosexuales realizados en otros países/o estados al interior del país Sin uniones civiles Matrimonio prohibido constitucionalmente Restricciones a la libertad de expresión y asociación Penalidad de jure, pero no aplicada de facto. Pena de cárcel Cadena perpetua Pena de muerteFAMILIAS DEL FUTURO 5º) Resume el texto y explica el gráfico. ¿Qué implicaciones políticas y jurídicas podría implicar que parejas del mismo sexo tuvieran descendencia? Busca información sobre la acitud del Vaticano frente a los avances en ingeniería genética. ¿Sería ético? ¿Estarías de acuerdo?
Alternativa a la clonación
Karim Nayernia asegura que irá lejos en el tema de la clonación.
El científico todavía no ha tenido éxito a la hora de conseguir que
células madre femeninas hagan lo mismo (convertirse en espermatozoides),
pero es optimista. “Creo que, en principio, sería científicamente
posible”, dice Nayernia. Según Carlos Simón, catedrático de la
Universidad de Valencia y director del Banco de Líneas Celulares del
Centro de Investigación valenciano Príncipe Felipe: “Estos experimentos
suponen un potencial para la investigación en células ma­dre, y
la base científica para entender la infertilidad y la creación de
gametos. Siendo cuidadosos, es válido que exploremos esta vía como
alternativa a la clonación, que a nadie le gusta. Debemos dar un paso
más para conocer la variante epigenética que modula el ADN en esa
producción de gametos. Será nuestro próximo reto”. Si la técnica se
depurara, no sería descabellado que en un futuro próximo una pareja de
lesbianas pudiera tener hijos biológicos con los óvulos de una de ellas y
el esperma (fabricado) de la otra. Sería una descendencia
exclusivamente femenina, ya que el cromosoma Y, responsable del feto
masculino, solo puede proceder de esperma de varón. Ya se ha patentado
Una forma de evitar esta dificultad sería añadir “cromosomas
artificiales” que contuvieran genes del cromosoma Y, según sugiere Greg
Aharonian, un popular analista de patentes de San Francisco. Sí,
analista de patentes. Aharonian ha decidido patentar las tecnologías que
permitirían llevar a cabo un embrión fruto de dos lesbianas o dos gays
incluso antes de que se haya descubierto la manera, y no oculta que su
objetivo es propiciar un debate: “Los homosexuales tienen derecho a
conocer los adelantos en biología que podrían permitir tener padres del
mismo sexo”, declara, y admite: “No me importan las susceptibilidades
que se hieran con esta posibilidad, ni me molesta la polémica. Soy un
follonero.” Bebés con garantía
No obstante: “La descendencia resultante de la unión de estos
espermatozoides (femeninos) con un óvulo de otra mujer no tendría por
qué tener resultados biológicos negativos”, advierte Alfredo Martínez,
investigador del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC).
“Aunque, si se fecundara un óvulo de la misma donante de la médula
ósea, sí podrían manifestar enfermedades genéticas recesivas, al igual
que sucede cuando los padres comparten lazos familiares muy cercanos”.
Por su parte, María Dolores Vila-Coro, directora de la Cátedra de
Bioética y Biojurídica de la UNESCO, tiene reservas de carácter ético:
“El derecho a la identidad es el derecho a ser el fruto de su propio
destino sin que se haya quebrado su trayectoria vital. A un ser humano
generado únicamente por células de una mujer se le está privando de su
dotación masculina, se le está discriminando”. También podría ocurrir
con el sexo opuesto, ya que: “Las mismas técnicas de reprogramación
celular podrían conseguir un óvulo obtenido a partir de células
masculinas”, indica Carlos Simón. Lo cierto, según consideran los
expertos, es que no está lejano el día en que se pueda conseguir un
embrión humano perfectamente sano a partir de células somáticas. “Tal es
el caso de la llamada clonación reproductiva”, explica Vila-Coro. “Sin
embargo, muchos países –entre ellos, España– han considerado que estas
técnicas son altamente peligrosas, por la manipulación de la especie
humana que suponen, y las han declarado rechazables”. A pesar de ser
escrupulosos en estos aspectos, en España la reproducción asistida
ofrece un gran desarrollo en algunas de sus técnicas. Nuestro país
destaca en el impulso y perfeccionamiento del diagnóstico
preimplantacional. Con él se averiguan las posibles enfermedades
genéticas de un embrión fecundado in vitro, antes de ser implantado en
el vientre de su futura madre. Gracias a la selección embrionaria, el
equipo de la clínica FIV Recoletos de Ciudad Real ha hecho posible,
entre otros muchos logros, el nacimiento de gemelos sanos de un padre
afectado por una enfermedad degenerativa asociada al cromosoma X.
El IVI (Instituto Valenciano de Infertilidad) ofrece uno de los mayores
catálogos de prestaciones en diagnóstico preimplantacional de Europa
para detectar las anomalías embrionarias en el laboratorio, cuya
frecuencia ronda el 60% de los casos. Pero de entre todos, el caso más
llamativo llega de fuera de nuestras fronteras, y riza el rizo de lo
posible: necesitaron tres padres para un embrión sano. El tripartito
También en la Universidad británica de Newcastle, un grupo de
científicos ha conseguido crear un embrión con el material genético de
dos mujeres y un hombre. En puridad, si ese niño hubiera llegado a
nacer, habría tenido tres padres biológicos diferentes. Estos embriones
se crearon por fertilización in vitro. Utilizaron ADN de un hombre y de
dos mujeres. La razón para hacerlo así era que una de las mujeres tenía
problemas en su ADN mitocondrial y querían conseguir que pudiera ser
madre sin transmitir a su descendencia las enfermedades derivadas de
dichos fallos mitocondriales.
El feto heredó ADN nuclear, o genes, de ambos padres, pero el ADN
mitocondrial lo recibió de la tercera persona, sana. Hasta el momento,
no deja de ser un experimento de laboratorio, y los embriones obtenidos
se destruyeron una semana más tarde. El proceso, por muy enrevesado que
nos parezca, y tal y como apunta Patrick Chinnery, uno de los autores
del trabajo: “Aporta a muchas familias un poco de esperanza”. Se calcula
que uno de cada 5.000 niños padece trastornos mitocondriales, que
afectan sobre todo al hígado, al corazón y al cerebro.
Para los
científicos, esta técnica supone un hito en el tratamiento y prevención
de las 50 enfermedades conocidas que puede transmitir una madre con esta
tara genética; entre ellas, distrofia muscular, accidentes
cerebrovasculares, sordera y algunas formas de epilepsia. Ahora, uno de
los próximos desafíos será evitar la destrucción de embriones. Para
Carlos Simón fue decisiva la investigación de tres equipos de Harvard,
Cambridge y Japón, que hallaron el modo de producir el equivalente a
células madre embrionarias en ratones. El Centro de Investigación
Príncipe Felipe de Valencia intenta reproducir el protocolo en la
especie humana. Y todo esto, sin perder de vista opiniones como la de
Alfredo Martínez: “Un principio básico de bioética es que los fines no
justifican los medios. De forma que, en cada caso, habrá que estudiar
hasta qué punto la manipulación de los embriones humanos, que son
personas desde el momento de la fecundación, se puede justificar o no”.
6º) Analiza la situación de España sobre la maternidad subrrogada, o hablando más comúnmente "vientre de alquiler". ¿Deberían aceptar esta opción los políticos actuales para ayudar a las parejas con problemas para tener descendencia? ¿Quiénes serían los padres legales? Si tuvieras necesidad, ¿recurrirías a esta técnica para tener hijos naturales?
Leyes de Maternidad Subrogada en la India:
La protección de los padres, niños y la madre de alquiler
La India es la capital mundial de los vientres de alquiler,
ya que es más simple y rentable que en cualquier otro país. La
subrogación en la India es legal y está regulada para proteger los
derechos del bebé, de la madre de alquiler, y de los padres genéticos.
Vientre de alquiler en india
Los datos de la Confederación de la Industria India (CII) indican que
el comercio de vientres de alquiler creció alrededor de 2,3 millones de
dólares al año en 2012. Parejas infértiles de todo el mundo acuden en
masa a la India ya que los costes de alquiler de vientres pueden ser
hasta cinco veces menores que en países como EE.UU.. El proceso es
asímismo más fácil en la India ya que la regulación reconoce los
derechos tanto de la madre sustituta como de los futuros padres.
En 2008, se dio un caso ahora famoso que implicó el bebé Manji, un
niño nacido de una madre de alquiler india para una pareja japonesa
residentes en California. El pequeño Manji se convirtió en el foco de
una crisis legal y diplomática poco después de su nacimiento. (Los
padres genéticos del bebé se habían divorciado meses antes de su
nacimiento, y la madre genética no quería el niño mientras que el padre y
la abuela reclamaban su custodia) Como resultado de este caso, el
Tribunal Supremo de la India falló que la subrogación comercial es legal
en India, pero también puso encima de la mesa la necesidad de
desarrollar una regulación integral al respecto.
La decisión de la Corte Suprema de permitir la subrogación comercial
en la India dio como resultado un aumento significativo de la confianza
internacional en los vientres de alquiler en la India. Sin embargo, en
2008 todavía había informes de madres sustitutas siendo explotadas por
padres debido a la falta de mecanismos de regulación y leyes apropiadas a
la problemática de subrogación en la India.
Hoy en día la subrogación comercial sigue estando no regulada, no hay
legislación oficial que controle los vientres de alquiler. En ausencia
de una regulación gubernamental, el Consejo Indio de Investigación
Médica (ICMR en sus siglas en inglés) ha establecido una serie de
“directrices nacionales” para regular la subrogación. En pocas palabras,
estas directrices ayudan a regular los procedimientos de tecnología
reproductiva asistida.
En contraste, la oficina de inmigración India tambien ha publicado
recientemente nuevas directrices que regulan adicionalmente la práctica
de alquiler de vientres en la India, y quién es elegible para entrar al
país para este fin. Los nuevos diectirces ayudan a regular los
procedimientos de tecnología reproductiva asistida.
En pocas palabras, las directrices hacen más difícil a las parejas
Españolas, parejas del mismo sexo de cualquier país y los solteros
practicar la vientre de alquiler en India. Estas directrices incluyen
los siguientes:
El acuerdo de subrogación continuará siendo regulado por un contrato
entre las partes, que tiene que incluir todos los términos que
requieren el consentimiento de la madre de alquiler para tener al niño,
el consentimiento de su marido y otros miembros de la familia, los
procedimientos médicos de inseminación artificial, el reembolso de todos
los gastos razonables para llevar el embarazo a término, la voluntad de
entregar el nacido a los designados padre(s) etc.
Un acuerdo de subrogación debe prever apoyo financiero para el niño
en caso de muerte de los futuros padre(s) antes de la entrega del niño, o
en caso de divorcio entre los futuros padres y posterior negativa de
ambos a aceptar la entrega del niño.
El acuerdo debe asimismo necesariamente contemplar un seguro de vida para la madre de alquiler.
Uno de los futuros padres debería ser también donante, porque el
vínculo de amor y afecto con el niño emana primariamente de la relación
biológica. Además, las probabilidades de varios tipos de abuso infantil
que se han dado en casos de adopciones, se vería reducido.
En caso de que el futuro padre sea soltero(a), él o ella debe ser el
donante para poder tener un hijo por subrogación. De lo contrario, debe
recurrir a la adopción para tener un hijo, en el cual los padres
biológicos (naturales) y los adoptivos son diferentes.
La propia legislación debe reconocer a un niño nacido por
subrogación como legítimo de los futuros padres(s), sin necesidad de
aprobación o declaración de tutela.
El certificado de nacimiento del niño debe contener únicamente el nombre(s) de los futuros padre(s).
Se debe proteger el derecho a la privacidad de los donantes, así como el de la madre de alquiler.
Se debe prohibir la subrogación de selección de sexo.
Los casos de abortos se deben regir solamente por la Ley de Terminación Médica de Embarazo de 1971.
Pese a lo dispuesto en la Ley Española de Reproducción Humana asistida de 2006 al respecto de la gestación subrogada,
la evolución político social de España en los últimos años ha
propiciado la publicación y modificación de normas, regulando y
facilitando el acceso al Registro civil español de los hijos de
españoles nacidos mediante esta técnica reproductiva, cuando concurren
determinadas condiciones en el proceso. Esto ha supuesto un avance
importantísimo, y la normalización de la gestación subrogada o gestación
por sustitución como opción para formar familia.
En los casos de nacimientos de hijos de españoles en Asia,
normalmente los niños salen del país inscritos como hijos de españoles
en el Registro Civil consular competente, regularizándose posteriormente
la filiación a través de las acciones y procesos judiciales previstos,
en el juzgado que por domicilio corresponda en España. El interés
superior del menor, contemplado por nuestra legislación y todas las
convenciones internacionales de las que España es parte, se convierte en
motor y principio básico de estos procesos, y en la luz para la
interpretación del resto de la normativa aplicable en todos los aspectos
de esta especial forma de ser padre o madre.
Dicho esto, el proceso de registro del niño en el consulado, y el
establecimiento de su ciudadanía puede ser complicado. Aunque los
tribunales han dispuesto ya un camino, muchas veces, ese camino puede
ser largo y complicado. Las parejas que consideran la maternidad
subrogada en Asia deben consultar siempre con un abogado con experiencia
que haya llevado estos casos con anterioridad. A menudo es conveniente
ponerse en contacto con el consulado de Tailandia y pedir sus
recomendaciones y requerimientos.
Una vez haya regresado a casa, los padres pueden establecer el derecho
parental del padre no genético (usualmente el cónyuge del donante de
esperma). Este proceso requiere que la madre legal – la madre subrogada –
renuncie a sus derechos como madre y otorgue la custodia al padre.
Debido a que la subrogación no es legal en España, los tribunales
españoles no reconocen inmediatamente la relación de subrogación entre
los padres y la madre subrogada. Como tal, los nuevos padres deben
presentar pruebas de que la gestante ha renunciado voluntariamente al
niño, que era competente para tomar esta decisión, y que el niño fue
concebido mediante este acuerdo. Incluso con estas pruebas, algunos
jueces conservadores pueden rechazar la relación de subrogación, ya que
no todos los casos judiciales en esta materia se han decidido de manera
uniforme.
SEPARACIÓN Y SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL
7º) Resume el texto. ¿Qué efecto puede tener sobre los hijos la separación? Describe tu experiencia o de amigos y conocidos sobre el problema de la separación.
El Síndrome de Alienación Parental se
basa en una campaña de desacreditación respecto al progenitor alienado.
En ocasiones, el alienador es consciente de los actos que realiza, pero
a menudo, éste no es plenamente consciente de que está produciendo un
daño psicológico y emocional en sus hijos, ni de las consecuencias que
puede tener a corto y largo plazo en ellos.
Según algunos expertos, estos niños pueden padecer perturbaciones y
disfunciones, debido a que sus propios procesos de razonamiento han sido
interrumpidos o coaccionados.
Daños que provoca en los niños el Síndrome de Alienación Parental
Estas son algunas de las consecuencias de manipular a los niños mediante el Síndrome de Alienación Parental:
- Trastornos de ansiedad:
respiración acelerada, enrojecimiento de la piel, sudoración, elevación
del tono de voz, temblores y desbordamiento emocional son algunos de
los síntomas del estrés que, algunos niños, manifiestan en el momento de las visitas con el progenitor rechazado.
-Trastornos en el sueño y en la alimentación:
pesadillas, problemas para conciliar o mantener el sueño y trastornos
alimenticios derivados de la situación que viven y no saben afrontar son
otros de los efectos que este síndrome puede causar en los niños.
Qué trastornos en la conducta del niño causa el Síndrome de Alienación Parental
- Conducta agresiva, cuando
las visitas se hacen imposibles, las conductas agresivas pueden ser
verbales como insultos, o incluso físicas, teniendo que frenar la
situación.
- Conducta de evitación, que puede plasmarse en somatizaciones de tipo ansioso que le indisponen y que tienen como consecuencia no realizar la visita.
- Dependencia emocional, cuando sienten miedo a ser abandonados por el progenitor con el que conviven, ya que saben, y así lo sienten, que su cariño está condicionado. Tienen que odiar a uno para ser querido y aceptado por el otro.
- Dificultades en la expresión y comprensión de las emociones. Suelen expresar sus emocionescentrándose
excesivamente en aspectos negativos. Carecen de capacidad empática y
mantienen una actitud rígida ante los distintos puntos de vista que
ofrezca el progenitor rechazado.
Niveles de intensidad en el rechazo por parte de los niños
Tras el proceso de separación puede aparecer un rechazo de los hijos
en común hacia uno de los progenitores. El rechazo primario se
produciría como reacción inmediata a la ruptura de la pareja y el secundario aparece en separaciones
más lentamente gestadas. La existencia del rechazo a uno de los
progenitores va a suponer la aparición de conflictos en el desarrollo
del régimen de visitas. Ante esta situación, uno de los dos
progenitores, normalmente el rechazado, pone en conocimiento del órgano
judicial la situación, lo que producirá un aumento del rechazo.
Cuando el SAP entra en contacto con el sistema legal se convierte en
un Síndrome Jurídico Familiar, donde se desencadenan acusaciones,
búsquedas de explicaciones y acciones, que hacen que la instancia
judicial se convierta en escenario del problema. El rechazo puede
aparecer inmediatamente después de la ruptura o en periodos posteriores,
es decir, años después, generalmente asociado a momentos concretos del
nuevo ciclo evolutivo familiar. El rechazo puede ser leve, moderado e
intenso:
- El rechazo leve se caracteriza por el desagrado en la relación con el padre o la madre. No hay evitación y la relación no se interrumpe. .
- El rechazo moderado se mide por el deseo de no ver
al padre o la madre. El niño niega todo afecto hacia él y evita su
presencia. El rechazo se generaliza a su entorno familiar y social. La
relación se mantiene por obligación o se interrumpe.
- El rechazo intenso adquiere características fóbicas con fuertes mecanismos de evitación. Puede aparecer sintomatología psicosomática asociada.
Consejos de los expertos ante el SAP
Ante la presencia de esta sintomatología, los expertos creen que es
aconsejable que los menores continúen teniendo relación con el
progenitor alienado, y así evitar que se suspenda el régimen de visitas. Durante estas visitas, el progenitor alienado debe evitar hacer reproches o dar respuestas que favorezcan el mantenimiento del SAP. Por el contrario, debe centrar las visitas en crear un ambiente lúdico, buscando actividades que sean del agrado de los niños.
8º) Resume el texto. ¿Por qué hay una asimetría en la aplicación de la ley de la violencia de género? ¿Estás de acuerdo? Busca información sobre la violencia de género en hombres y mujeres
ASIMETRÍA EN LA APLICACIÓN DE LA LEY SOBRE LA VIOLENCIA DE GÉNERO
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